Con relación a los casos de suicidio adolescente durante su detención en institutos, «el Comité insta al Estado Parte a adoptar medidas eficaces para prevenir los suicidios en detención. Además, debe llevar a cabo un amplio estudio sobre las causas de las lesiones auto-infligidas y suicidios».
Los casos de suicidio y autolesiones de adolescentes en los lugares de encierro, la falta de lugares adecuados para alojarlos, la aplicación de torturas y malos tratos, la falta de registro de estos casos, la ausencia de información oficial fiable, el uso excesivo de la prisión preventiva para los menores de 18 años fueron algunos de los tópicos denunciados por la Comisión por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires y tomados por el organismo internacional al redactar sus recomendaciones al Estado argentino.
Otra de las medidas que el Comité Internacional recomienda adoptar y agilizar es «el nombramiento por el Parlamento del Defensor de Niños, Niñas y Adolescentes, con el fin de supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos».
También pide que el Estado argentino «tome todas las medidas necesarias para garantizar que las condiciones en los centros de detención no sean contrarias al desarrollo del niño y cumplir con las normas mínimas internacionales, y que los casos de menores sean llevados a juicio lo antes posible»
Recordemos que en el Informe alternativo de la Comisión Provincial por la Memoria, presentado por los abogados Roberto Cipriano Garcia y Alicia Romero en las audiencias del 3 y 4 de junio en Ginebra, se planteaban además de lo mencionado más arriba, severas críticas a la implementación de las leyes de promoción y protección de derechos y la ley de responsabilidad penal juvenil, y se daba cuenta de la vigencia en los institutos provinciales de regímenes de encierro-aislamiento de entre 24 y 36 horas. En la misma presentación se denunciaba la continuidad de la detención de jóvenes en comisarías y se destacaba la desaparición sin esclarecer del joven Luciano Arruga, detenido en la Comisaría de Lomas de Mirador en enero de 2009.
A continuación se transcriben algunos de los puntos más sobresalientes de las Observaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas :
-Recopilación de datos:
23. el Comité sigue preocupado porque la falta de un enfoque sistemático para la recopilación de datos y análisis en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) sigue impidiendo la disponibilidad de datos fiables y transparentes, desglosados por provincias y municipios, así como por otras variables relevantes como el género, la edad, los niños con discapacidades, los niños indígenas, etc
24. El Comité insta al Estado Parte a que adopte las medidas necesarias para garantizar que los planes para un sistema integrado «Sistema de Información de Políticas para la Niñez y la Adolescencia» sean aplicadas y coordinadas con el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), que abarca todos los aspectos de la Convención. El Estado Parte debe garantizar que la información recogida a través de este Sistema Integral sea transparente y comparable, de datos fiables sobre todos los derechos, desglosados por ubicación provinciales y municipales, el género, la edad y los ingresos a fin de que la política y el programa de toma de decisiones pueda garantizar el conocimiento público de los progresos realizados y las lagunas en su aplicación.
-La tortura, tratos inhumanos y degradantes
41. Si bien reconoce la política de tolerancia cero de la tortura que como parte del proceso de recuperación democrática en el país fue destacada por la delegación oficial en el diálogo, el Comité comparte con el Estado Parte la preocupación sobre la falta de datos fiables, a nivel nacional, sobre las alegaciones de tratos crueles, inhumanos y degradantes. Además, expresa su gran preocupación por el elevado número de denuncias en la provincia de Buenos Aires (120 registrados entre 2007 y 2009) cometidas por la policía y otras fuerzas del orden, con la participación de menores infractores y niños en particular de la calle. El Comité también está preocupado por un caso de desaparición forzada de un niño (LA) en la provincia de Buenos Aires durante la detención policial en enero de 2009 y que la investigación de las denuncias no se puso en marcha con prontitud. Por otra parte, el Comité está preocupado por la falta de información sobre investigaciones rápidas sobre estos alegatos, sus resultados, incluyendo la condena de los responsables y poner fin a la práctica.
42. El Comité insta al Estado Parte a que adopte medidas concretas para aplicar su política de tolerancia cero con la tortura. Además, insta al Estado Parte a establecer puntualmente a los niveles nacionales y provinciales un mecanismo para el registro y seguimiento de las denuncias en un registro nacional de las denuncias de trato inhumano y degradante. Además, insta al Estado Parte a lanzar, exhaustiva e independiente sin demora investigaciones sobre estas denuncias, llevar a los responsables a la justicia y a la reparación a las víctimas y adoptar todas las medidas necesarias para impedir tales actos, comprendidos aquí que se haga pública la investigación, las medidas disciplinarias adoptadas y las sentencias dictadas contra los autores de los delitos, así como la difusión de la Convención. Además, debe estudiar las causas de tales violaciones graves, especialmente en la provincia de Buenos Aires, y tomar medidas urgentes de prevención, incluida la formación integral de la policía y la de funcionarios encargados de aplicar los derechos del niño. El Comité insta al Estado Parte a concluir una investigación exhaustiva e imparcial sobre las denuncias de desaparición forzada del niño LA, de conformidad con la Convención sobre los Derechos de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
-La administración de justicia de menores.
76. Si bien observa que un proceso de reforma ha sido realizado en materia de justicia de menores a nivel nacional y provincial, el Comité está profundamente preocupado por la continua aplicación de la Ley N º 22.278 de 1980, en particular con respecto a la posibilidad de detener a los niños. Le preocupa además que el derecho del niño a ser oído ya ser asistido por un profesional independiente jurídica en los procesos penales no siempre se respeta.
77. Al Comité le preocupa además que un tercio de los lugares de privación de libertad para los niños no son especializados y que los niños son a veces detenidos junto con adultos. Además, expresa su preocupación por la insuficiente aplicación de alternativas a la privación de la libertad en el ámbito provincial.
78. Además, el Comité expresa su preocupación por el hecho de que la mayoría de los delincuentes juveniles se ven privados de su libertad en espera de juicio. Es, además, le preocupa que algunos delincuentes juveniles se mantienen en detención durante más de un año. También está preocupado por el uso frecuente de medidas disciplinarias en prisión, como el aislamiento («engome»), así como la ausencia de suficiente acceso a la educación, recreación y actividades de aprendizaje e insuficiente al aire libre. El Comité está especialmente preocupado por el número de suicidios reportados en la detención, así como los tipos de lesiones autoinfligidas.
Para mayor información:
-Dr. Roberto F. CIPRIANO GARCIA: 0221-15 601-7695
-Dra. Alicia ROMERO: 0221- 15 622-9670
COMITE CONTRA LA TORTURA
COMISION PROVINCIAL POR LA MEMORIA
Provincia de Buenos Aires, Argentina
Por Marcial