La Suprema Corte de Justicia bonaerense acordó la implementación del Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil en los departamentos judiciales de Azul, Mercedes, Pergamino y San Nicolás, al tiempo que postergó el inicio de las actividades en los departamentos judiciales de Bahía Blanca, Dolores, Junín, La Matanza, Morón y Zárate-Campana. También recordó que no corresponde que los jóvenes aprehendidos sean alojados en dependencias del Poder Judicial;
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Mediante el Acuerdo 3388, los jueces reiteraron además la necesidad de que se arbitren con urgencia, las medidas conducentes para el adecuado funcionamiento del sistema.
La decisión tiene que ver con las disposiciones contenidas en las Leyes 13.298 de Protección Integral de los Derechos del Niño y 13.634 del Fuero dela Responsabilidad PenalJuvenil, más las resoluciones posteriores, que resolvieron un plan de implementación del citado fuero y la puesta en funcionamiento de los órganos del fuero en los departamentos judiciales deLa Plata, Necochea, Quilmes y San Martín
En los considerandos, se recordó que durante el mes de julio se requirió al Ministerio de Justicia dela Provinciade Buenos Aires información acerca del grado de avance de los compromisos asumidos en el citado decreto, por parte de las distintas áreas del Poder Ejecutivo, y que en agosto se mantuvieron entrevistas que funcionarios del área judicial y de Desarrollo Social a los fines de conocer el estado de las designaciones de agentes fiscales, defensores oficiales y magistrados del Fuero dela Responsabilidad PenalJuvenil, el funcionamiento de los Servicios Locales de Promoción y Protección de Derechos, Centros de Referencia, de Contención, de Recepción y Cerrados, como así también las previsiones en materia de traslado de los adolescentes vinculados a los procesos del fuero.
En esa ocasión el Ministro de Justicia comunicó que con relación a la designación de Jueces, Fiscales y Defensores se cuenta con los decretos de designación en los Departamentos Judiciales de Azul, Bahía Blanca, Junín,La Matanza, Mercedes, Pergamino y San Nicolás, no habiéndose concluido el trámite en los departamentos de Dolores, Morón y Zárate Campana.
Asimismo la Procuración General informó, que con respecto a los diez Departamentos Judiciales incluidos en la segunda etapa, no cuenta con espacio físico en el Departamento Judicial de La Matanza.
Respecto de la prohibición de que los jóvenes sean alojados en dependencias del Poder Judicial, se recuerda que es responsabilidad del Poder Ejecutivo.
Entre otras consideración,la Suprema Corte advirtió además sobre las grandes distancias existentes entre los órganos del fuero dela Responsabilidad Penal Juvenil de los departamentos judiciales de Bahía Blanca y Junín, con los Centros de Contención y Recepción en funcionamiento, informados por la Señora Subsecretaria de Niñez y Adolescencia del Ministerio de Desarrollo Social.
Finalmente, dice que “en atención a lo expuesto, si bien esta Suprema Corte de Justicia y la Procuración General advierten que no estarían dadas en su totalidad las condiciones para la puesta en marcha de la segunda etapa de este nuevo fuero, en función de los compromisos asumidos por el Poder Ejecutivo, en cuanto a la implementación de medidas coyunturales e inmediatas y definitivas, tendientes a permitir su funcionamiento, entienden que debe disponerse su inicio en los departamentos judiciales de Azul, Mercedes, Pergamino y San Nicolás. Y que en cambio, en función de lo expuesto, actualmente no se encuentran dadas tales condiciones mínimas en los departamentos judiciales de Bahía Blanca, Dolores, Junín,La Matanza, Morón y Zarate-Campana, lo que obliga a diferir su implementación”. Por otro lado, asegura que “más allá de las falencias apuntadas, las que eventualmente podrían generar disfuncionalidades que excedan las responsabilidades de esta Suprema Corte y dela Procuración General, en función del marco legal vigente, este Poder Judicial se encuentra en la obligación de continuar en otras jurisdicciones, con la puesta en funcionamiento del Fuero dela Responsabilidad Penal Juvenil”.
Firme decisión de Fabián Cacivio
NO MAS PIBES EN LAS COMISARÍAS
Una Defensora presentó un hábeas corpus al detectar a numerosos chicos con menos de 16 años alojados en seccionales de La Plata junto a imputados con mayor edad y delitos más gravosos. Nuestro compañero Fabián Cacivio, en su calidad de juez de Garantías prohibió que sigan enviando menores a esas dependencias y ordenó al ministro de Seguridad que capacite a sus subordinados. Desconcierto de funcionarios judiciales y policiales
(Diario Hoy).- «Resuelvo prohibir el alojamiento -aún provisoriamente- de niños y jóvenes aprehendidos por la presunta comisión de un delito en dependencias policiales”, reza el fallo dictado ayer por un juez de Garantías de La Plata y que divide aguas entre los principales operadores del flamante sistema de Responsabilidad Penal Juvenil creado hace apenas 20 días.
La resolución fue dispuesta por el juez Fabián Horacio Cacivio, el mismo que días atrás ordenó la clausura de pabellones de menores porque parecían “jaulas humanas” en el Centro de Recepción de 63, 2 y 3.
Ayer, Cacivio puso fin al encierro de chicos relacionados con causas criminales en comisarías y ordenó al ministro de Seguridad bonaerense Carlos Ernesto Stornelli que “arbitre los medios tendientes a capacitar y brindar instrucción especial al personal policial que de acuerdo a su función cumpla tareas de prevención y represión de delitos en los que se encuentren vinculados niños y jóvenes en conflicto con la ley penal”.
De este modo, el juez de Garantías del Joven admitió el hábeas corpus presentado por la Defensora del menor Raquel Ponzinibbio por “agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención de los jóvenes que fueran alojados a partir del 15 de julio de 2008 en seccionales policiales del Departamento Judicial La Plata”.
Anoche, altos jefes policiales y otros funcionarios judiciales vinculados al área minoril se preguntaban dónde enviarían a los menores imputables o no por su edad, implicados en algún delito. Según se explicó, la ley establece un plazo máximo de 12 horas para que los fiscales resuelvan la situación de cada chico de acuerdo a su edad y sus circunstancias personales.
Hasta ayer, mientras se realizaban esos trámites, el menor que era aprehendido por un hecho ilícito aguardaba alojado en la seccional de la jurisdicción. Desde que comenzó a funcionar el fuero nunca hubo un menor aprehendido más de seis horas, por eso nos extraña esta apresurada resolución”, indicaron calificadas fuentes del ministerio Público del fuero minoril.
Cacivio, además de prohibir el alojamiento de los chicos en las comisarías y haber ordenado al ministro Stornelli que capacite a sus subordinados, dispuso que los menores “deberán ser conducidos inmediatamente a la dependencia administrativa correspondiente dela Dirección Provincialde Coordinación del Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil de la subsecretaría de Niñez y Adolescencia del ministerio de Desarrollo Social, desde donde, en su caso, se efectivizará la libertad dispuesta por las autoridades judiciales pertinentes”.
En su espíritu, el hábeas corpus refleja que el único lugar destinado hasta el momento es el ya mencionado Centro de Recepción de la calle 63 (Ex Registro de Ubicación) que fuera clausurado recientemente por el juez Cacivio por sus deficientes condiciones. Eso implica que aún no fue establecido un espacio específico para el alojamiento de los menores, ni tampoco una policía especial, lo cual se desprende de esa necesidad de dotar de capacitación y conocimiento, con la ley en plena vigencia. El juez de Garantías del Joven remitió copias de su fallo ala Defensoríay ala Fiscalíadel Fuero Penal Juvenil, ala Suprema Corte, ala Procuración General, al ministerio de Seguridad y a la subsecretaría dela Niñezy Adolescencia bonaerense.
En sus fundamentos,la Defensora Oficial Ponzinibbio sostuvo que desde el inicio del nuevo Fuero “se han ido repitiendo situaciones de suma gravedad, en las que jóvenes que han sido aprehendidos por personal policial han permanecido alojados en comisarías sin ser derivados al Centro de Recepción La Plata”.
Ponzinibbio mencionó que se han detectado situaciones de “menores de 18 años imputables” y “menores de 16 años no imputables” y refirió que en relación a los primeros “han permanecido alojados en comisarías sin la pertinente derivación al Centro de Recepción.
Además,la Defensora remarcó que cuando la justicia dispone la libertad de menores de 16 años aprehendidos ante la supuesta comisión de un delito,la Policía“no ha efectivizado esa medida en forma inmediata” porque se “han demorado acreditando su edad o notificando a los familiares”, lo que significa “una clara violación a los preceptos legales locales e internacionales”.
La letrada expuso datos estadísticos dela Defensoría a su cargo registrados en distintos expedientes, de los que surge que “desde el 15 de julio y en el transcurso de 13 días de turno fueron aprehendidos 54 chicos, de los cuales 7 resultaron no punibles por su edad y 24 no punibles por el delito imputado y asimismo algunos de ellos han ingresados en el lapso de una semana reiteradamente a comisarías”.
Para Ponzinibbio, los chicos punibles “deben ser trasladados al Centro de Recepción de 63, 2 y3”, y los “no punibles -menores de 16 años-deben ser puestos en libertad inmediatamente, sin ingreso a comisaría, y que en caso de requerirse algún trámite se deriven al Servicio Zonal o Local que depende del ministerio de Desarrollo Humano”.
Finalmente, el juez de Garantías Cacivio adhirió al planteo de la defensora, incluso al pedido que formuló para capacitar al personal policial. “Todo niño tiene derecho a la protección y formación integral, al cuidado preventivo y supletorio del estado en situaciones de desamparo y asistencia tutelar y jurídica en todos los casos”, indicó el magistrado al citarla Constitución Provincial.
Por Carlos Fanjul