¡¡OTRA VEZ FRENAMOS EL DESALOJO!!

Por tercera vez, nuestros militantes lograron que la justicia suspenda la orden de desalojo de las 48 familias del barrio de Gorina, presionadas a abandonar el lugar por algunos caracterizados vecinos del Grand Bell y de zonas cercanas. Marcelo Ponce Nuñez, Emilia Preux, Javier Frías y Carlos Leavi, entre otros, realizaron una tarea infatigable para que el Tribunal de Casación suspenda los efectos dispuestos primeros por el juez Melazo y, después, por la Cámara de Apelaciones y Garantías. Frías nos ayuda a entender los alcances de la nueva disposición de la Justicia. La lucha no terminó, como tampoco las penurias de aquellos pobladores que quieren ser expulsados por otros, de bolsillo más lleno.

Frías relató que «la decisión del desalojo fue impugnada hace tiempo por nosotros. Es decir, solicitamos al juez que revise su decisión y de marcha atrás con ella, que la revoque. El juez Melazo NO ADMITIO nuestro pedido. Es decir, nos dijo “No señores, no voy a analizar su pedido”. Eso porque consideró que “no somos parte en el expediente”. Apelamos al tribunal inmediato superior del Juez,la Cámara de Apelaciones y Garantías. Nos dijo lo mismo».

«Lo que ahora ocurrió -siguió Javier- es que recurrimos al tribunal inmediato superior dela Cámara, este es, el Tribunal de Casación Penal de la pcia. de Bs. As. Este tribunal es quien ADMITE nuestro pedido. Es decir, nos dijo “Ok señores, yo voy a analizar vuestro pedido”. Admitirlo significa que va analizarlo para en un futuro pronunciarse a favor o en contra de nuestro pedido».

Nuestro compañero, agregó que «mientras analiza y decide –y aquí viene lo importante-, SUSPENDE toda decisión anterior sobre el asunto a tratar, puesto que no puede ejecutarse un decisión que está en duda, que se encuentra en análisis. Esto es un principio en materia de recursos procesales, que se llama “efecto suspensivo”. O sea: Durante la tramitación del recurso, la decisión judicial (el desalojo) no puede ser llevado a cabo. La ejecución de dicha decisión se suspende hasta tanto se decida sobre la misma.

Para Frias, «esto trajo a mi entender dos principales logros: El primero, es que por primera vez nos admiten aunque sea analizar un planteo nuestro, luego de un año que no nos admitan nada. El segundo, la suspensión no viene del Juez Melazo, quien siempre suspendió y reanudó a gusto y piacere, sino de otros jueces superiores (en cuanto a jerarquía) a él y con el alcance previsto en la ley»

LO QUE VENÍAMOS DICIENDO

Una denuncia efectuada por un grupo de vecinos del barrio privado, hará que 48 familias de Gorina, que viven linderas al coqueto lugar, tengan que dejar sus terrenos por ser tildados de «ocupantes ilegítimos» y acusados de provocar «inseguridad en el barrio». Los más variados estamentos del poder, articulan maniobras para privilegiar a los que tienen y para despreciar los derechos de los que nada tienen. Algo así, como vecinos ricos, contra vecinos pobres. Aquí también un artículo de nuestro compañero Marcelo Ponce Nuñez. Antecedentes de la triste historia

El artículo 36 dela Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que se garantizará el acceso a la vivienda a los habitantes de nuestra provincia. Ello quiere decir que todos sus estamentos gubernamentales (ejecutivo, legislativo y judicial), deben poner su voluntad y accionar en pos de que los habitantes de la provincia consoliden aquella necesidad-derecho que es la vivienda.-

Desgraciadamente, vemos que ello no es así. Como ya muchos saben desde hace un tiempo, para ser más exactos desde mediados de junio del año 2006, se ha propiciado una causa judicial que involucra a 48 familias (en un principio eran más) que se encuentran ocupando terrenos de la provincia de Buenos Aires (empresa Ferrobaires) en la zona de Gorina, localidad de la ciudad deLa Plata.-

Todo comenzó con la denuncia de un grupo de vecinos, adunados por el administrador-representante de un complejo habitacional (country- barrio cerrado) denominado Grand Bell, causa N° 21713 del Juzgado de Garantias N° 2 deLa Plata, correspondiente ala I.P.P. N° 060030669506. Allí se sostenía que aquellos ocupantes ilegítimos, provocaban inseguridad en el barrio y que habían ingresado a los terrenos configurando, en principio, el delito de usurpación, y concluían en una de sus presentaciones que ello provocaba, además, la baja de los valores inmobiliarios de la zona.-

Luego de multiplicidad de avatares, que no hemos de detenernos a comentar, hace más o menos un mes, llegamos -a través de la intervención, por cierto positiva, dela Ministra de Infraestructura de la provincia- a un acuerdo con aquella empresa propietaria de la cosa, para que los ocupantes permanecieran en el lugar por el plazo de un año, mientras se buscaba una solución definitiva, una de las cuales, podía ser la entrega de esos lotes en propiedad.-

Desgraciadamente al presente, sin saber a ciencia cierta por qué razón válida, aquella postura ministerial comienza a dar un giro de ciento ochenta grados y se principia un alejamiento con las familias y un coqueteo con los “otros” los denunciantes o tal vez sus instigadores, los que actúan en las sombras y que parece, al menos hasta el presente, que poseen un manejo o influencia sobre el poder jurisdiccional de nuestra ciudad.-

A este estamento del estado, que debe velar por la concreta realización de aquel derecho de acceso a la vivienda, no le agradó la solución propiciada en un principio, no estuvo de acuerdo con la misma, e insistió en el desalojo de estas familias.-

Por cierto que no hablamos de un desalojo liso y llano, sino que algunos representantes del poder judicial sostienen que vienen llevando a cabo gestiones con otros organismos de gobierno para hacer que aquel derecho se materialice. Eso sí, olvidando un detalle, CONSULTAR CON LOS DIRECTOS INTERESADOS, CON LAS FAMILIAS QUE OCUPAN LOS LOTES, las cuales como dijimos contaban con la anuencia de la provincia para seguir ocupando esos terrenos, al menos por un año.-

Es decir que, si bien, en principio aparecen con una pauta, aquella no es consensuada, sino impuesta.

RESUMIENDO: LES OFRECEN OTROS LOTES, por cierto en otra zona sin servicios, ALLI DEBEN IRSE, DE NO SER ASI LOS DESALOJAN.-

En conclusión, no se trata de la consolidación de un derecho con consenso, sino por imposición, no importa que derechos invocan con relación a la tierra que ocupan, sólo importa su solución, única posible y “¿ajustada a derecho?”.-

No importa qué relaciones barriales han construido ellos y sus hijos, cuán lejos o cerca les quedan sus trabajos, qué tan arraigados están en la zona, cuánto participan comunitariamente, cómo se han entrelazado con sus servicios de salud. Que tengan servicios públicos cercanos o lejanos. Nada de ello debe tenerse en cuenta, sólo la voluntad del desalojo que, en principio, encubre a la vez aquella sensación de inseguridad primigenia de los vecinos, mas propia de ser encausada dentro de la ley antidiscriminación, o del negocio inmobiliario que encubre y que fue claramente reconocido en la propia denuncia cuando menta que bajan los valores de las tierras.  Todo eso es más importante que cuarenta y ocho familias.-

Para dimensionar la gravedad de lo que viene aconteciendo debemos decir que el Poder Judicial, aquel que dispone el desalojo de las 48 familias, NO ACEPTA QUE ELLAS SEAN PARTE EN EL PROCESO. No les permite tener voz, por ende les niega la posibilidad de realizar petición alguna. Eso sí, se permite desalojarlos.-

Es más, como se dijo más arriba la causa se inicia con una denuncia que data de mediados del mes de junio del año 2006. El delito que se viene investigando es la usurpación, y ello se desprende claramente del desalojo que se dispone, sobre la base del art. 231 bis C.P.P., que SOLO SE PREVEE PARA AQUEL TIPO DE DELITO.-

Teniendo en cuenta la fecha de la denuncia y, por imperio de los arts. 62, 63, 67 y concordantes del C.P., se impone, sin duda alguna, la aplicación del instituto de la prescripción.-

Pese a la claridad de lo dicho, a la obligación que tienen los jueces de aplicar aquel instituto, la prescripción, de oficio NO LO HACEN y siguen sosteniendo el DESALOJO.-

Seguramente hay intereses muy fuertes que impiden que la ley se aplique y que la justicia triunfe.-

De allí el título de estas pequeñas líneas que, espero, sirvan para entender que son más importantes las personas por lo que son, por lo que sienten, por su ser integral.-

CTA. Regional La Plata.- FORO por los DERECHOS dela NIÑEZ, la ADOLESCENCIA y la JUVENTUD de la provincia de Buenos Aires.-


CTA Regional y el Foro por los Derechos de la Niñez, la Adolescencia y la Juventud


La Historia

Por Horacio Cecchi

El diario Página 12, así reflejó la situación: En Gorina, cerca deLa Plata, un grupo de vecinos denunció a otros vecinos: los primeros tienen casas fastuosas, los segundos ocupan un predio de Ferrobaires. La empresa no busca echarlos. Pero un juez ordenó sacarlos con la policía. La gestión del Foro,la CTAy el Instrumento electoral logró neutralizar la situación.

En las próximas horas, Joaquín Gorina, una localidad a algo más de 10 kilómetros de La Plata, de apenas 9 mil habitantes y huertas en plena calle, será el centro de todas las miradas. Allí, si todo se cumple tal como los expedientes judiciales prometen, se pondrá en práctica la estrábica receta dela Justicia penal y su balanza desalineada. Los ingredientes: un barrio de importantes y coquetas casas de fin de semana y un enorme country, separados por una calle (originalmente eran dos) y un terraplén perteneciente a la estatal Ferrobaires por donde corrían vías en desuso desde hace casi 40 años. Agregue un par de jueces. Medio centenar de familias y su asentamiento ubicado sobre parte del terraplén. Y una pizca de inseguridad inmobiliaria. Tres años y tres meses de cocción a fuego lento. Resultado: orden de desalojo urgente.

Los acontecimientos tendrán un impacto diferente según se recorra la historia del expediente desde hoy hacia atrás, o desde su inicio hacia el presente. Como la justicia trabaja con la primera de esas versiones, será la primera en describirse en estas líneas: con fecha 27 de agosto pasado, el juez de Garantías 2 platense, César Melazo, ordenó el inmediato desalojo de 48 familias que ocupan seis cuadras del terraplén de Ferrobaires, paralelo a la calle 140, esto es, entre las calles 472 y 478.

El desalojo es el objetivo a cumplir de una angustiante denuncia presentada por la vecina Ana Roncoroni y otros, denuncia calificada en el juzgado bajo el delito de “usurpación de propiedad” y que tiene un máximo de tres años de condena. Los motivos de la denuncia, enumerados en el mismo orden de importancia con que los presentaron Roncoroni y otros, son: “inseguridad”, “falta de energía eléctrica” y la sorprendente “obstaculización por el desarrollo del medio ambiente”. Y una más, al final, se ve que casi agregada de compromiso: la “baja del valor de las propiedades”.

Obediente de las garantías, Melazo firmó la orden y la entregó al fiscal 4 platense, Fernando Cartasegna, quien deberá ponerla en práctica.

Hasta anoche Cartasegna no había tomado la decisión y estaba buscando la vuelta por donde avanzar.

Qué problema dificulta el cumplimiento de la justicia. En realidad, son varios. Analizando la historia desde su origen: el terraplén pertenece a Ferrobaires. Hace unos treinta años corrían las vías del Ferrocarril Provincial, línea Avellaneda-La Plata, que el dictador Jorge Videla levantó por inútil. Quedaron las vías solitarias, sobre el terraplén, entre dos calles paralelas, la 140, antes mencionada, y la 141, que existía en aquel momento. Hace veinte años, llegaron dos familias que instalaron sus casillas en lo que en ese momento era un descampado, sobre el terraplén abandonado. Una a la altura de la calle 478, la otra a la de la calle 472. Aunque las vías seguían más allá, ambas casillas marcaron involuntariamente algo parecido a los límites de un futuro asentamiento. Porque con los años se fueron incorporando más familias. Llegaron a ser alrededor de 100, en sus casillas apretujadas en seis cuadras y unos 25 metros de ancho, el espacio que hay entre las vías y la calle 140. Cruzando la 140, ya había huertas de quinteros y algunas casas desperdigadas. Del otro lado de la vía, otros 25 metros y la 141. Más allá, el campo bonaerense. Las últimas familias en asentar sus viviendas llegaron hace más de cinco años.

Del lado de la 140, cruzando, donde había quinteros, con el tiempo se fueron estableciendo casas quintas, de fin de semana, importantes en sus dimensiones y demostración de confort. Poco a poco, los quinteros se fueron retirando y los lotes fueron siendo ocupados por este tipo de casas, con amplios jardines y piscinas. Se lo llamó barrio Las Colinas, no está claro si por el terraplén ocupado o por alguna visión de futuro ya presente aquellos años. Los habitantes de Las Colinas son de fuerte capacidad adquisitiva, los hay funcionarios y ex funcionarios ministeriales, médicos forenses y hasta un funcionario judicial de garantías.

En 2001, en plena hecatombe económica, del otro lado de la vía, del lado de la 141 se montó un enorme country, el GrandBell. Estableció sus límites con foso y alambrado paralelo al terraplén y al asentamiento. Se apropió de la calle 141 que quedó como paseo interno y colocó su red sobre parte del terraplén libre, levantando las vías y colocándolas contra la red de alambres para que la red no fuera levantada por manos extrañas.

Cinco años después, el 14 de junio de 2006, un grupo de habitantes del barrio Las Colinas, los de las casas quintas, presentaron una denuncia por usurpación de terrenos. No se equivoque. No contra el GrandBell, sino contra los vecinos del asentamiento. Para ello, tomaron el adjetivo incluyente de vecinos, lo transformaron en el sustantivo excluyente de vecinos y lo hicieron propio. Luego, como vecinos presentaron la denuncia contra los ya no más vecinos del terraplén.

Hubo amenazas policiales (a los denunciados), les sacaron la electricidad, con lo que la mitad de las familias abandonó el lugar y fueron fotografiados por uniformados, para dar una idea de dónde se ubicaba la Ley.

Todo esto es curioso pero ya no sorprende. Hay algo que es más novedoso: los propietarios del terreno supuestamente usurpado no son los vecinos denunciantes sino Ferrobaires. Y tanto Ferrobaires como el Ministerio de Infraestructura, de quien depende la empresa ferroviaria, se presentaron ante Melazo para pedir que anule el desalojo, ya que no existía conflicto con los ocupantes. Melazo siguió adelante, de todos modos, para defender las garantías, no del dueño ni de los más vulnerables, sino de los amenazados por “inseguridad” (no es un delito sino una sensación lombrosiana), “falta de electricidad” (pese a que a las 48 familias les cortaron la luz), “obstaculización por el desarrollo del medio ambiente” (varios ambientes, piscina y garage), y la enmascarada causa de todo, la “baja del valor de las propiedades”, la inseguridad inmobiliaria.

Los vecinos a punto de ser expulsados lograron ayuda dela CTA(los abogados Javier Frías y Marcelo Ponce Núñez y Emilia Preux), el Comité Contra la Tortura, el Foro por la Niñez provincial y otras agrupaciones. A Melazo no le tembló el pulso para firmar la orden el 27 de agosto ni ante el riesgo de ser tildado de garantista (de los vecinos temerosos). Resulta curioso que lo haya hecho dos meses y 13 días después de prescripta la causa. Más curioso es que nadie recuerde a la calle 141.

Por Carlos Fanjul

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