El drama de la vivienda propia: las deudas estatales

En los últimos años disminuyó en Argentina la cantidad de propietarios de viviendas a la par de un crecimiento casi desproporcionado del mercado inmobiliario. La peor de cara del acceso a un techo familiar se da en los sectores populares, obligados a tomar terrenos y sometidos a una creciente realización de procesos de desalojos. Y en el medio, quedan los pibes.

 

 

“Y en la ciudad,
con sus brazos abiertos
de tarjeta postal,
con los puños cerrados,
la vida real
les niega oportunidades,
muestra el rostro duro del mal”

 (Inundados, Os Paralamas)

 

 

–¡No tenemos donde ir! No nos saquen de nuestro lugar –pidió la mujer entre lágrimas.

El policía ni siquiera la miró; no hizo caso a su llanto que se confundía con el de niños y mujeres, pero que era silenciado por golpes y más golpes. Lo mismo hicieron otros policías; no hablaron con los vecinos, los ignoraron.

–Ustedes entran y vacían todo, total las cosas no son de ustedes, ¿Cómo van a romper así lo único que nosotros tenemos? –le imploró la mujer.

Tenía un rodete a medio desarmar, un pulóver rojo con manchas de lavandina y sostenía entre sus brazos un par de ollas despintadas. Parada al lado de un televisor con la pantalla partida, trataba de contener a dos niñas que lloraban desconsoladamente a su espalda.

–Paren por favor, paren… –se agachó sobre la tierra resquebrajada al borde del llanto– ¡No tenemos donde ir!… Se lo digo en serio, ¡no tenemos donde ir!

 

Despojar a una familia de una vivienda significa violentar contra los derechos de los pibes que habitan allí, por encima de toda la legislación vigente que manda a respetar el interés superior del niño, entendido como el pleno goce de sus derechos. Si bien también se deben tener en cuenta los derechos de los adultos, las normas indican una atención especial para el caso de los niños.

Y el acceso a la vivienda digna familiar forma parte de ese interés superior de la infancia, que debe ser observado por el poder ejecutivo, legislativo y judicial de toda jurisdicción. La propia Convención Internacional de los Derechos del Niño señala en su artículo 3 que los Estados deben asegurar la garantía de los derechos de la niñez en toda medida referida a los más pequeños para evitar cualquier discrecionalidad por parte de los mayores.

La ley provincial 13.298 del Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos de la Niñez indica en los artículos 3 y 4, que cuando haya conflicto entre derechos e intereses con la misma legitimidad, los de los pibes deben primar. No sólo eso, según el decreto reglamentario 300/05 de esa norma, el Estado debe brindar a los niños un acceso prioritario a las políticas públicas, planes sociales, salud, educación y a un ambiente sano.

Por eso, donde hay pibes no puede haber desalojos, al menos mientras no se hayan agotadas todas las instancias posibles para solucionar la problemática y el Estado les haya asegurado una vivienda digna junto a sus familiares.

Como parte integrante de sus familias, los niños deben ser privilegiados por las políticas estatales. Sin embargo, en el contexto de la problemática del acceso a la vivienda de grandes conjuntos poblacionales, eso no ocurre en gran parte de los casos.

Tantas veces declarado como incumplido, el derecho a acceder a una vivienda digna se manifiesta en la actualidad como privativo para una gran parte de la población, que se ve sometida a una creciente realización en el país de procesos de desalojos de manera violenta y en clara vinculación con intereses inmobiliarios y sectoriales.

De acuerdo a los datos que maneja el Movimiento de Ocupantes e Inquilinos (MOI) con asiento en Capital Federal, en la Argentina existe un déficit habitacional en situaciones críticas que comprende a cinco millones de hogares.

Los datos surgidos de institutos provinciales de vivienda e investigaciones académicas –ante la poca confiabilidad atribuida al Indec desde muchos sectores- toman en cuenta a personas que habitan en casas tomadas, villas o nuevos asentamientos en la periferia de los centros urbanos.

No obstante, según la sistematización de los datos del Censo 2010 realizada por el Centro de Investigación y Gestión en Economía Solidaria (CIGES) -coordinado por la ex ministra de Economía de la Nación, Felisa Miceli- hay tres millones de hogares con problemas habitacionales, que comprenden a 10 millones de personas.

“La Argentina tiene un problema estructural desde hace varias décadas que tiene que ver con que el suelo está liberalizado, tratado como mercancía. En consecuencia, muchas personas quedan marginadas y tienen que resolverlo por la vía de la informalidad o las tomas”, afirma, Carla Rodríguez, secretaria de Acción Social de la CTA nacional e integrante del MOI.

Rodríguez, quien a su vez es investigadora del Conicet y especialista del Instituto Gino Germani de la Universidad de Buenos Aires, sostiene que la política de viviendas del gobierno nacional, canalizada en el Plan Federal, responde a una lógica empresarial donde el destino no es responder a una necesidad sino “garantizar el funcionamiento y la ganancia de algunas empresas”.

En el mismo sentido, la Relatora Especial sobre la vivienda adecuada de la Organización de las Naciones Unidas, Raquel Rolnik, manifiesta que la situación habitacional en Argentina no parece haber mejorado de manera substancial, pese a la reactivación económica desde la crisis del 2001.

Tras su misión al país a principios de 2011, la funcionaria de la ONU emitió un crítico informe sobre la situación habitacional en la Argentina en donde destaca la inversión por parte del gobierno de Néstor Kirchner y Cristina Fernández en políticas de vivienda, aunque consideró que varios factores dificultan la realización plena del derecho al acceso a una vivienda digna.

Rolnik puso énfasis en la falta de políticas integrales suficientemente diversificadas para brindar soluciones a largo plazo para distintas necesidades habitacionales, en la no coordinación entre el gobierno nacional, las provincias y los municipios, y criticó la desregulación sobre el mercado de tierras y suelo, sumado a la carencia de un marco normativo en materia de desalojos que no garantiza el debido proceso legal.

Asimismo, la Relatora Especial sugiere que la situación de precariedad en la que se ven inmersas muchas familias se debe a un aumento del precio de la tierra, suelo urbano e inmuebles significativamente mayor al poder adquisitivo de la “mayoría de la población”.

En efecto, el estudio elaborado por el CIGES cita que en los últimos veinte años, la cantidad de propietarios ha disminuido y que, como consecuencia, existe un incremento del hacinamiento en hogares en viviendas consideradas aptas, lo que muestra a las claras el fuerte impacto del mercado inmobiliario.

El porcentaje de propietarios a nivel nacional se encontraba en 1980 en el 71,4 por ciento, mientras que en el 2010 es del 67,70 por ciento. En paralelo, los datos muestran que en general ha habido un descenso en la cantidad de hogares con hacinamiento del 4, 8 al 4 por ciento, aunque si se analizan por tipo de vivienda resulta que el hacinamiento en casas aptas trepó un 15 por ciento; del 22,7 al 37,3.

A su vez, esta situación se ve reforzada por la modificación en varios distritos de los Códigos de Ordenamiento Urbano (COU), que tienden a concentrar la población en los centros de las ciudades, en altos edificios y en pequeños departamentos, algo funcional para la elevación de los costos de las propiedades.

“Está lógica inmobiliaria es alentada por el gobierno. Porque se puede prohibir la construcción de torres en los centros urbanos, pero no lo hace. Parece que Manhattan es el ejemplo a seguir”, opina el integrante del equipo jurídico del Foro por los Derechos de la Niñez, Marcelo Ponce Nuñez.

La situación no es mejor en la provincia de Buenos Aires, el distrito con mayor densidad demográfica en el país; según el último censo concentra casi cinco millones de hogares, de los que casi tres millones se ubican en el conurbano bonaerense.

Si bien en términos generales hay un descenso en el déficit habitacional entre el 2001 y el 2010, que pasa del 27,89 al 24,07 por ciento de los hogares, existe un aumento de las viviendas con déficit habitacionales que sobrepasa el millón; de 1.093.488 a pasa 1.152.703.

Si sectores de las clases medias se ven imposibilitados de acceder a una vivienda, las dificultades se multiplican para aquellos de escasos recursos económicos, quienes sólo ven el acceso a una vivienda en la toma de terrenos en desuso o deshabitados.

No obstante, también en estos casos se enfrentan con el negocio inmobiliario. Quienes alegan ser los titulares de los terrenos, piden una oferta económica algunas veces en concordancia con los valores de mercado para desistir del pedido de desalojo.

Del mismo modo, en algunas ocasiones, si se trata de un asentamiento ubicado en cercanías a un barrio cerrado, son los acaudalados residentes quienes motorizan una causa en la justicia para desalojar a los vecinos del lugar ocupado alegando una “desvalorización” de sus propiedades. Así ocurrió con el barrio Colinas del Sol de la localidad platense de Gorina en 2010.

 

Derecho declarado

La importancia en garantizar el derecho humano a una vivienda única familiar adecuada y de ocupación permanente es que se trata del ámbito esencial desde el que se concretan el resto de los demás derechos económicos y sociales.

El derecho a una vivienda digna figura de modo explícito en el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales aprobado por las Naciones Unidas en 1966 y con rango constitucional en Argentina, a partir de la última reforma de 1994.

En concreto, el Pacto reconoce el derecho de toda persona “a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continúa de las condiciones de su existencia”. Asimismo, agrega que los Estados Partes deben tomar las medidas necesarias para su cumplimiento, para lo que pueden contar con la cooperación internacional.

Por su lado, la Constitución Nacional reconoce en su artículo 14 bis el acceso a una vivienda digna como un derecho que el Estado debe otorgar en el marco de los beneficios de la seguridad social, aunque la ley requerida para crear un marco normativo que efectivice este derecho aún no fue dictada.

Por otra parte, la Constitución de la provincia de Buenos Aires reconoce abiertamente en su texto ese derecho, considerado como social, y manifiesta que el Estado debe promover a la eliminación de los obstáculos económicos y sociales que impidan acceder a una vivienda digna.

En su artículo 36, inciso 7, la constitución provincial garantiza la entrega de un lote de “terreno apto para erigir su vivienda familiar única y de ocupación permanente” para familias radicadas o que se radiquen en distritos con menos de 50 mil habitantes. Pero, como ocurre a nivel nacional, tampoco se dictó una ley para reglamentar este artículo.

“No es una mera declaración. El 70 por ciento de los 135 municipios de la provincia tiene 50 mil o menos habitantes. ¿Necesitamos todos aglomerarnos en Lomas de Zamora, La Matanza, Bahía Blanca o La Plata cuando existen distritos cercanos que no superan esa cantidad? Si se hace progresivamente es una política viable”, asegura Marcelo Ponce Nuñez.

El abogado sostiene que no es sólo el acceso a la vivienda lo que debe asegurarse, sino en este caso también la posibilidad cierta de empleo para el jefe o jefa de familia en el distrito a radicarse y la implementación paulatina de una política que dé respuesta a este derecho constitucional.

De todas maneras, una de las cuestiones más controvertidas en torno a la problemática de la vivienda en el país es la falta de definición de la vivienda como un bien social en la legislación vigente, un concepto que figuraba en la Constitución de 1949 promovida por el peronismo.

Según el CIGES, el anclaje de la política de vivienda sobre este concepto se plasmó en la construcción directa por parte del Estado, el congelamiento de los alquileres y el otorgamiento de diversas líneas crediticias a través del Banco Hipotecario Nacional.

Esto, sumado a la realización loteos populares a los que se accedía por una compra en cuotas a largo plazo de los terrenos, conforma –según el estudio- el momento histórico de mayor acceso a la vivienda. De hecho, la cantidad de propietarios varió del 37 por ciento en 1947 al 58 por ciento en 1960.

No obstante, con el golpe de Estado de 1955, la dictadura eliminó a los dos años el concepto de vivienda como bien social en una pseudo reforma constitucional y los sucesivos gobiernos democráticos no se encargaron de reponerla.

 

Derecho incumplido

“Siempre fue muy mezquina la política para los que menos tenemos, los que vivimos de changas. Y como hay desesperación, a la gente no le queda otra que tomar un lugar, porque es difícil hoy pagar un alquiler. Sé que es ilegal, pero también es ilegal que la gente no tenga donde vivir”, afirma Sergio Morales, vecino del barrio Las Chacras en la localidad de Los Hornos.

Oriundo de Santiago del Estero, Morales llegó hace doce años a La Plata con su familia y se instaló en un sector periférico de la ciudad. En la actualidad, está a cargo de la copa de leche “Hacia las puertas de cielo” con la que colabora en la alimentación de los niños del barrio.

Sufrió en carne propia la angustia y tensión que representa una orden de desalojo. En 2010, le había llegado una intimación para abandonar en 72 horas el lugar, al igual que a las otras 40 familias del barrio.

La intervención oportuna del Foro por los Derechos de la Niñez y la CTA La Plata – Ensenada logró frenar el proceso judicial y entablar una etapa de negociación con los síndicos, que aún no se resolvió.

“Se vive mal, es una situación tensa y más aún con los niños de por medio. Muchos no dormían por la posibilidad de que la policía apareciera de la nada y rompiera todo. Varios habíamos visto lo que pasó en Gorina y nos imaginábamos un momento así”, señala.

El delito de usurpación en la provincia de Buenos Aires fue incorporado durante el ocaso de la última dictadura militar, cuando se promulgó un decreto ley firmado en 1977 “de ordenamiento territorial y manejo del suelo”, referente sólo a la regulación de countries y barrios privados.

En consonancia con la política promovida desde los sectores de poder, la norma alentaba la especulación del valor de la propiedad, algo que todavía no se erradicó de la legislación argentina y que, por lo tanto, continúa hasta la actualidad.

En ese sentido, la investigadora Carla Rodríguez considera que las políticas de orientación neoliberal en la vivienda no se modificaron desde la década de los ´70 en Argentina, y que, en algunos casos, existe una profundización de esa visión.

“Las últimas políticas de vivienda amplían la brecha entre las necesidades del pueblo y un Estado al servicio de los negocios. Se trata de recursos puestos de manera exclusiva al desarrollo de la reproducción de la lógica empresarial”, apunta.

En efecto, para Rodríguez, el Plan Federal de Viviendas ya está colapsado y lo califica como una mala copia del viejo Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI). En la misma línea, ubica al recientemente lanzado plan Procrear en acuerdo con el Banco Hipotecario, cuyo uno de sus accionistas es el magnate húngaro George Soros.

“Se va a trabajar de la misma manera caótica y emparchada en que se lo ha venido haciendo, en los casos en que logre concretarse. No va a tener la escala masiva que necesita, y eso se está demostrando con la lentitud en el avance de proyectos”, añade.

Como contracara, la secretaria de Acción Social de la CTA propone una política de vivienda ligada a la de suelos, que se enfrente a la lógica empresarial y apoye a la producción autogestionaria del hábitat y la del sector estatal de base entre los trabajadores y las diversas organizaciones populares.

De esta manera, Rodríguez fundamenta que el Estado debe tener la capacidad de crear stock físico de viviendas de alquiler social bajo producción propia para solucionar y no reprimir el mercado de alquileres y acompañar los movimientos y desacoples generados al enfrentarse con la lógica mercantil.

“De otra manera no va a haber camino para resolución de la penuria de la vivienda de nuestro pueblo”, concluye.

Diego E. Sánchez  Informaciondes

Publicado en la edición de diciembre de 2012  del periódico Primer Tiempo

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